domingo, 5 de enero de 2025

¿Si vendo por facebook tengo que pagar impuestos?



En los último años, se ha efectuado un cambio de paradigma en la forma y modo de realizar operaciones comerciales. De esta manera,  el comercio electrónico o digital creció enormemente mediante el uso de moneda digital ya sea Plin, Yape, transferencias bancarias,  pago con tarjeta de crédito o débito, entre otros. Además, muchas de estas operaciones comerciales se realizan en plataformas como páginas web y redes sociales. En en este contexto, nuestra amiga Carola nos comenta que ha empezado a vender perfumes y cremas a través de una fan page de Facebook. Así, ella nos pregunta, ¿Si vendo por facebook tengo que pagar impuestos?. Sigue leyendo para que sepas la respuesta que le brindamos a Carola.


1.RUC de oficio

Al respecto, utilizando su facultad discrecional, la SUNAT puede crearte un RUC si detecta que realizas operaciones comerciales en la redes sociles.


2.¿Si vendo por facebook tengo que pagar impuestos?

Como hemos mencionado, en los último años las operaciones comerciales en las redes sociales se han multiplicado exponencialmente a la fecha. En tal sentido, la Administración Tributaria ha tomado diversas medidas legales al respecto.  A modo de ejemplo, es obligatorio que todo contribuyente tenga un número de RUC cuando realice operaciones comerciales en línea como es el caso de las redes sociales.

Por consiguiente, si Carola vende por facebook, instagram etc, deberá pagar impuestos y cumplir con otras obligaciones tributarias de acuerdo al régimen en el que se encuentre


3.Obligaciones tributarias

Si vendes productos o prestas servicios mediante redes sociales, tiendas online, Whatsapp, entre otros medios electrónicos,  deberás cumplir las siguientes obligaciones tributarias:

1.nscripción en el RUC

2.Emitir comprobantes de pago por las ventas de tus productos o servicios

3.Elegir un régimen tributario de acuerdo a tu actividad y nivel de ingresos

4.Declarar y pagar los impuestos en el plazo establecido por Sunat.

5.Utilizar libros contables, de corresponder.

6.Solicitar comprobantes de pago ( facturas) por compras relacionadas al giro de tu negocio


4.¿Qué pasa si no cumplo las obligaciones tributarias?

Sobre el particular, recomendamos a Carola inscribirse en el RUC lo más pronto posible y que cumpla las demás obligaciones tributarias. Caso contraria estaría cometiendo infracciones tributarias las cuales están sujetas a sanciones.

Por tanto, no presentar la declaración con la información de tus ingresos dentro de los plazos establecidos, califica como una infracción tributaria que será sancionada con multa.

Sin embargo, si pagas la multa antes que Sunat te notifique, tendrás acceso al régimen de gradualidad y pagar un porcentaje de dicha multa.


5.¿Cómo puedo declarar mis ingresos por mis ventas hechas en Facebook?

En atención a lo expuesto, la manera en que Carola declare y realice los pagos mensuales por sus ingresos dependerán del régimen tributario que haya elegido.

Para tal fin, es importante declarar la información completa sobre los ingresos generados. Cabe mencionar que, conforme a la Resolución de Superintendencia N.º 272 -2016/SUNAT, si no has realizado operaciones gravadas en determinado mes,  estás exento de presentar la declaración jurada mensual por dicho periodo.


6.En resumen

Independientemente de la plataforma donde realices ventas (facebook, instagram, tienda en línea etc), tales ingresos estarán afectos a impuestos. . 


Toma nota

  • Al realizar operaciones que son bancarizadas, la SUNAT tiene conocimiento de las ventas que efectúas en redes sociales
  • Vender por Internet no es más que la migración del comercio tradicional a las plataformas digitales pues se persigue el mismo objetivo: generar ingresos.
  • A dichos ingresos se les conoce como rentas de tercera categoría.
  • Por ello, en las ventas o servicios en línea, seguimos generando dinero por lo que debemos pagar impuestos. 
  • Realizar operaciones comerciales en el ciberespacio no significa que tenemos carta libre para no pagar impuestos y quedar absueltos de recibir sanciones.


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¿Qué pasa cuando una persona muere y tiene deudas?



Melina le prestó una cantidad de dinero a su compañero de trabajo Santiago. Para tal efecto, celebraron un contrato de mutuo, por el cual Melina, como acreedor, se obligó a entregarle a Santiago una suma de dinero en calidad de préstamo y la otra parte, Santiago en calidad de deudor, se obligó a devolver la misma cantidad más intereses en un plazo de 2 años. Lamentablemente, pasados 6 meses de celebrado el contrato, Santiago muere en trágicas circunstancias. 

En este contexto, Melina nos pregunta ¿Qué pasa cuando una persona muere y tiene deudas?. Es decir, ella quiere saber si puede cobrar la deuda de su deudor fallecido o si dicha deuda se cancela ¿A quién le cobro la deuda del deudor fallecido? ¿Cómo hago para cobrar la deuda de un deudor fallecido?


1.¿Cuándo un deudor muere que pasa con su deuda?

Sobre el particular, las obligaciones se transmiten a los herederos, salvo cuando dichas obligaciones sean inherentes a la persona, lo prohíbe la ley o se ha pactado en contrario. En tal sentido, en principio los herederos del causante (Santiago) serán quienes respondan por la deuda que dejó el fallecido.

Como hemos visto anteriormente, la masa hereditaria que se transmite a los herederos se compone no solo de bienes y derechos sino también de obligaciones. En otras palabtas, desde el fallecimiento del causante se produce la transmisión hereditaria tanto del activo como del pasivo. Por consiguiente, los herederos deberán responder por las obligaciones, como préstamos, que asumió en vida el causante.


2.¿Los herederos deben pagar todo el importe de la deuda?

Como se puede apreciar los herederos responden por las deudas y cargas de la herencia. Sin embargo, responderán solo hasta donde alcancen los bienes de tal herencia. En tal virtud, los herederos están obligados a honrar las deudas impagas del causante pero solo con los bienes que formaron parte del patrimonio del deudor (masa hereditaria). Por tanto, si quedara un remanente, no están obligados a terminar de pagar la deuda con su propio patrimonio (el que tenían antes recibir la herencia).

En atención a lo expuesto, Melina se queda más tranquila pues sabe que los herederos de Santiago están obligados a honrar la referida deuda. Ahora bien, Melina nos pregunta que pasa si Santiago le debe a un banco.


3.¿Qué pasa cuando una persona muere y tiene deudas bancarias? quien paga un prestamo personal si fallece el titular

Al respecto, cuando una persona fallece y deja una deuda pendiente de tarjetas de crédito o un préstamo hipotecario, vehicular, entre otros, se activa el seguro de desgravamen.

De esta manera, este seguro se hace cargo de la deuda que tenía el asegurado con una entidad bancaria o financiera respecto a un préstamo o consumo en su tarjeta de crédito.

Como podemos apreciar, el objetivo de este seguro es evitar que los familiares del asegurado tengan que asumir la deuda en caso este fallezca de manera accidental, natural. También si el deudro queda discapacitado a causa de una enfermedad o accidente que le imposibilite generar sus ingresos habituales.

Es importante señalar que el causante debe haber estado al día con el pago de sus cuotas para que se utilize el seguro de desgravamen.


4.¿Las deudas de las tarjetas de crédito desaparecen?

Tal como sucede con la deuda que dejó Santiago con Melina, cualquier deuda individual como una tarjeta de crédito personal con un saldo pendiente, deben pagarse usando el dinero que el fallecido dejó. No obstante, si la masa hereditaria no es suficiente, la deuda puede cancelarse. 


Toma nota

  • Las deudas contraídas por el causante en vida, y que no pudo honrarlas antes de su muerte, deberán ser asumidas por sus herederos hasta donde alcance el valor de los bienes que componen la herencia.
  • Lamentablemente, la deuda no desaparece. No obstante, el seguro de desgravamen se encarga de pagar el dinero prestado..
  • El costo de este seguro se puede apreciar de forma diferenciada en el estado de cuenta de tu tarjeta de crédito o el cronograma de pagos de tu préstamo.


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sábado, 28 de diciembre de 2024

Empresas: Remoción, renuncia y reemplazo del gerente general

 


El Gerente General (GG) es el responsable de la gestión de la empresa. Para tal fin tomará diversas decisiones para sacar adelante el negocio. Sin embargo, ¿Qué sucede si el GG que designaste no está a la altura y no gestiona adecuadamente la empresa?. Ante tal situación se puede efectuar la remoción y reemplazo del gerente. Por otro lado, el gerente de modo propio podría presentar su renuncia. De esta manera, a continuación abordaremos el tema de la remoción del gerente general.


1.¿Cuántos gerentes generales puede tener una empresa? ¿Puede tener 2 gerentes generales?

Sobre el particular, La Ley General de Sociedades (LGS), dispone en el artículo 185 que se puede designar a uno o más Gerentes.

“Art. 185.- Designación

La sociedad cuenta con uno o más gerentes designados por el directorio, salvo que el estatuto reserve esa facultad a la junta general.

Cuando se designe un solo gerente éste será el gerente general y cuando se designe más de un gerente, debe indicarse en cuál o cuáles de ellos recae el título de gerente general. A falta de tal indicación se considera gerente general al designado en primer lugar.” (El subrayado es nuestro).

Por tanto, nada impide que se acuerde la designación de más de un GG, si se considera que ello es conveniente para la sociedad. Igualmente, no hay límite en cuanto al número máximo de los gerentes generales.


2.¿Quién elige al gerente general?

Como hemos visto, la designación del gerente será realizada por el Directorio o la Junta de Accionistas. Así, la realizará el directorio en el caso de una Sociedad Anónima y la Junta de Accionistas cuando se trate una Sociedad Anónima Cerrada que decidió no contar con Directorio, por ejemplo.

En este contexto, si una empresa designó diversos gerentes se deberá estipular de forma clara cuál de todos ellos será el GG. De lo contrario se entenderá que el primer designado será el GG.

Por consiguiente, se puede indicar que existen distintos tipos de gerentes, tales como Gerente de Administración, Gerente de Finanzas, Gerente Comercial, Gerente de Operaciones, Gerente Legal, entre otros.


3.¿Cuanto dura el cargo de gerente?

Al respecto, el artículo 186 de la LGS establece que a duración del cargo de gerente es por tiempo indefinido, salvo disposición en contrario del estatuto o que la designación se haga por un plazo determinado.

De esta manera, en principio, la duración del cargo del Gerente no tiene un plazo legal. Por ello, el Estatuto de la sociedad debería contar un plazo de vigencia o en la designación se deberá establecer un plazo de duración del cargo.


4.¿Qué pasa cuando vence el plazo establecido en el Estatuto o en la designación?

En este caso, las funciones del Gerente cesan de pleno derecho. Por tanto, la Junta de Accionistas tendrá que designar un nuevo GG.


5.Remoción del gerente

Según lo dispuesto por el artículo 187 de la LGS el gerente puede ser removido en cualquier momento por el directorio o por la junta general, cualquiera que sea el órgano del que haya emanado su nombramiento.

Esto significa que si los accionistas consideran que su GG es incapaz de sacar adelante el negocio, el Gerente puede ser removido en cualquier momento por la Junta de Accionistas. 

Para tal efecto se emitirá un acta donde los accionistas acordarán la remoción del GG o cualquier otro Gerente. Dicha acta se inscribirá en la partida registral de la empresa.


Toma nota

  • Conforme lo señala la LGS, como mínimo la empresa debe contar con un Gerente. Incluso puede designar más de un GG.
  • La LGS señala que debemos cambiar al GG cuando el interés de la empresa así lo requiera.
  • Es nulo todo acuerdo que establezca la irrevocabilidad del cargo de gerente o que imponga para su remoción una mayoría superior a la mayoría absoluta.


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martes, 24 de diciembre de 2024

¿Qué impuestos se pagan cuando se vende una casa?


 

Elias quiere vender una de sus propiedades, una casa ubicada en la ciudad de Lima. Sin embargo, ha escuchado que debe pagar impuesto a la renta y su comprador debe pagar el alcabala así como otros tributos. Así, nos pregunta ¿Qué impuestos se pagan cuando se vende una casa en Perú?.


1.¿Qué impuestos se pagan cuando se vende una casa en Perú?

1.1.Impuesto a la Renta

En primer lugar tenemos el Impuesto a la renta(IR). Dicho impuesto que grava la ganancia obtenida por la venta del inmueble. 


1.2.Alcabala

También se debe pagar el Impuesto de Alcabala al momento de adquirir una propiedad y le corresponde al comprador. Para tal fin, se debe restar 10 UIT al valor de transferencia del dominio y aplicarle el 3%. Cabe mencionar que se puede pagar en las municipalidades de cualquier provincia del Perú y en Lima, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT).


1.3.Impuesto Predial

El pago de este impuesto es de periodicidad anual y le corresponde al vendedor (todavía propietario) del inmueble. Vale precisar que el impuesto predial grava el valor de los predios urbanos sobre la base de su autovalúo. Además. al momento de la transacción, este impuesto debe estar pagado hasta el año de efectuada la venta.

Se debe presentar al notario el original del comprobante de pago del impuesto o también una constancia de no adeudo.


1.4.Arbitrios

Los arbitrios municipales lo cuales son impuestos municipales y los debe pagar el propietario en base a las tasas fijadas por cada municipalidad distrital. Se pagan en las municipalidades por los servicios públicos locales que prestan; como limpieza pública, jardines públicos, parques y serenazgo. Por último, deben estar cancelados hasta el mes de realizada la transacción.


2.Enajenación del inmueble

Sobre el particular, para la administración tributaria es importante el concepto de enajenación, es decir, la disposición del bien inmueble. Dicha enajenación, se realiza bajo cualquier forma de disposición ya sea venta, permuta o donación, etc. y será considerada como una obligación del contribuyente para pagar el impuesto a la renta de segunda categoría.


3.¿Quién paga el impuesto a la renta de un inmueble?

Cuando Elías acuda a la Notaría, se condicionará la operación de transferencia de propiedad al pago del impuesto al Alcabala (obligación del comprador). Asimismo, Elías en su calidad de vendedor estará obligado a efectuar el pago del IR de segunda categoría para efectuar la transferencia. 


4.¿Cuánto tengo que pagar de impuesto a la renta si vendo mi casa?

En cuanto a la tasa del IR, se debe aplicar el 5% a la diferencia entre el valor de venta y el de adquisición del inmueble.


5.¿Cuándo no se paga impuesto a la renta por venta de inmueble en Perú?:

Al respecto, no se paga IR cuando:

1.Sea tu casa-habitación. Para tal fin, el inmueble debe estar en tu propiedad por lo menos 2 años y no estar destinado exclusivamente al comercio, industria, oficina, almacén, cochera o similares.

2.Adquiriste el bien antes del año 2004. Tal hecho se sustenta con documentos de fecha cierta, como documentos dDonde conste la adquisición del inmueble, sucesión intestada o la constancia de inscripción en los Registros Públicos del testamento o el formulario registral respectivo, según corresponda.

3.Vendes tu casa a un precio menor o igual al que lo adquiriste.

4.La ganancia de capital proveniente de dicha enajenación constituye renta de tercera categoría.

Es importante señalar que en estos casos deberás presentar al notario la «Comunicación de no encontrarse obligado a efectuar el pago del impuesto definitivo 2da categoría» a fin que pueda elevar la compraventa a escritura pública.


6.¿Un no domiciliado debe pagar impuestos si vende su casa en Perú?

Las personas que tienen la condición de no domiciliadas, que vendan o alquilen su inmueble a alguien domiciliado en el Perú, deben declarar y pagar impuestos, ya que los ingresos obtenidos son rentas de origen peruano.


7.¿Cuándo el heredero adquiere la propiedad del inmueble?

Mediante la Casación N° 17472-2023 LIMA, la Corte Suprema concluye que la declaratoria de herederos es de carácter declarativo. En consecuencia desde el momento de la muerte de una persona, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se transmiten a sus sucesores.

Por consiguiente, a partir de la fecha de fallecimiento del causante, el heredero adquiere en propiedad el bien. Por tal motivo, debe considerarse dicha fecha y no la de la declaratoria de herederos, como fecha de adquisición, cuando se efectúe la posterior venta del inmueble adquirido y su afectación o no a la renta de segunda categoría. 


8.¿Como puedo transferir una casa a mis hijos sin pagar impuestos?

Mediante el anticipo de legítima, o anticipo de herencia, podrás transferir uno o más inmuebles a tus hijos de forma gratuita y sin estar obligado al pago del impuesto a la renta o el alcabala. Por ello, es una alternativa económica y rápida para transferir la propiedad de tu casa (solamente) a tus hijos.


Toma nota

  • Para la SUNAT toda disposición de bienes inmuebles está gravada con impuesto a la renta. 
  • Como requisito para que la compraventa sea elevada a escritura pública se debe pagar tras la firma de la minuta.
  • Las propiedades obtenidas antes del primero de enero de 2004 están exentas del pago de este impuesto. Igualmente. la venta de una casa-habitación.
  • Los casos de herencia o anticipo y las primeras ventas realizadas por empresas constructoras están inafectos del pago del alcabala.
  • Se debe pagar el IR sobre la ganancia obtenida como resultado de la diferencia entre el valor de adquisición del inmueble, actualizado con el Índice de Corrección Monetaria establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas (del mes y año de adquisición), y el valor de venta.

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jueves, 19 de diciembre de 2024

Como funciona el factoring en el Perú


 

¿Sabías que el factoring es una forma efectiva de obtener financiamiento para tu empresa?. Muchas empresas afrontan falta de liquidez para diversas obligaciones como pago de proveedores, remuneraciones, entre otras. Por ello explicaremos como funciona el factoring en el Perú. Previamente explicaremos la diferencia entre la factura comercial y la factura negociable.


1.Diferencia entre la factura comercial y la factura negociable

Al respecto, en la factura comercial se encuentran todos los datos de la operación comercial. Además, funciona como una prueba de la venta o prestación del servicio entre el comprador y el vendedor. Tiene importantes implicancias tributarias y comerciales.

Por otro lado, la factura negociable es un título valor, similar a una letra de cambio, un pagaré o un cheque que permite que la factura sea transferida a terceros por endoso. En otras palabras, el poder sobre un determinado documento es cedido de manera parcial o total.

Por consiguiente, si necesitas liquidez para tu empresa y vendes tus productos a crédito a 30, 60, 90 o 120 días calendario, puedes negociar tu factura en las entidades financieras. De esta manera, se obtiene financiamiento inmediato.

Cabe mencionar que este documento es la tercera copia de la factura emitida por la prestación de un servicio o la venta de un bien. Así, normalmente en la factura comercial tienes el original, la copia del emisor y de la Sunat, siendo esta última la factura negociable.


2.¿Qué es el factoring? 

El factoring es una herramienta financiera que la utilizan todo tipo de empresas, producto de la factura de prestación de servicios o venta de productos. En este contexto, a través de un contrato, la empresa (cedente, vendedora) contrata a una empresa de factoring para realizar el cobro de una factura. 


3.Cuales son los tipos de factoring en el Perú

Sobre el particular, existen dos modalidades de factoring: sin recurso y con recurso. En el factoring con recurso, la empresa de factoring al no poder cobrar la factura podrá reclamar el adelanto a la empresa cedente. Por tanto, es importante conocer la historia del cliente o, en su defecto, descontar la factura en modalidad sin recurso. Al respecto, el factoring sin recurso exime del riesgo de impago, en caso suceda, por parte del deudor.


4.¿Cómo funciona el factoring en el Perú?

Es importante precisar que para que se dé el factoring debemos contar con una factura emitida. En esta línea, el procedimiento del factoring no es complicado. En primer lugar, el cliente vende sus facturas al factor, quien proporciona un anticipo, generalmente un porcentaje del valor nominal de la factura.

Luego el factor se encarga de la cobranza del importe total de la factura a los clientes del cliente. Finalmente, recibidos los pagos, el factor deduce sus honorarios e intereses, devolviendo el saldo restante al cliente.


Toma nota

  • Si tu cliente acepta o no se opone a la transferencia de la factura negociable, en un plazo de 8 días hábiles, puedes endosarla a una entidad financiera  en la modalidad de descuento de facturas o factoring.
  • En nuestro país, existen varias empresas de factorización que ofrecen servicios a negocios de todos los tamaños. 
  • Los beneficios del factoring son diversos, tales como flujo de caja, ingreso a mercados con la confianza del retorno de pago, evitar carga administrativa, etc.

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¿Qué pasa si presto mi número de cuenta bancaria?


 

Matías tiene un familiar que le ha pedido que le «preste» su número de cuenta. Es decir, este familiar quiere que unos pagos que va recibir los depositen en la cuenta de Matías. Este familiar trata de convencer a Matías alegando que situación crediticia en los bancos es complicada y que necesita urgente esos depósitos. Ante tal situación Matías nos consulta las implicancias de prestar su número de cuenta a dicho familiar.


1.Responsabilidad como titular de una cuenta bancaria

Es importante que Matías tenga siempre en consideración que es el titular de la cuenta bancaria, es quien abrió dicha cuenta en un determinado banco. Por consiguiente, es responsable del origen de los fondos de su cuenta y las correspondientes transacciones.

Cabe precisar que «prestar» una cuenta bancaria no es delito. Sin embargo, se debes tener en cuenta quién está depositando dinero. Además, deber saber cual es la finalidad o propósito de esos pagos en tu cuenta.

Esto significa que si prestas tu número de cuenta bancaria pierdes el control de saber el origen de los depósitos. Peor aún, es probable que desconozcas cuando recibas grandes cantidades de dinero de terceras personas.

En esta línea,  todas las entidades bancaria, recomiendan que no prestes tu cuenta a nadie, pues eres responsable de todo lo que suceda en dicha cuenta.


2.¿Qué pasa si presto mi número de cuenta bancaria?

Frecuentemente escuchamos casos de personas que, de buena fe, «prestan» su número de cuenta a familiares o amistades. No obstante, tal situación puede generarles no solo contingencias tributarias sino también penales.

2.1.Consecuencias tributarias

Una consecuencia obvia sería que tendrías que pagar Impuesto a la Renta (IR), si superas los montos indicados por la Sunat. Sobre el particular, en este artículo explicamos cuales son los montos a partir de los cuales las personas naturales debn pagar IR:

Asimismo, otra consecuencia sería que la Sunat podría notificarte por Incremento Patrimonial No Justificado (IPNJ). Al respecto, el IPNJ es el aumento del valor patrimonial de un contribuyente, sin que este haya podido acreditar su causa, fuente o procedencia. Así, dicho incremento se puede generar a partir del aumento de los activos (bienes) como es el caso del incremento de depósitos en las cuentas bancarias. 

De esta manera, para la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración (SUNAT), los contribuyentes que deben ser fiscalizados son  aquellos que ostentan una elevada capacidad de gasto o riqueza desmedida. Por consiguiente, la entidad notifica esquelas a tales contribuyentes quienes pueden ser sujetos de multas y pagos de IR.


2.2.Consecuencias penales

Si se realizan transacciones fraudulentas en tu cuenta bancaria podrías verte implicado en casos de fraude o delitos como lavado de activos o financiamiento de actividades ilícitas y terrorismo.

Hemos mencionado que el prestar una cuenta bancaria no configura delito. Sin embargo, debes saber quién te está depositando y para qué. Caso contrario, podrían procesarte penalmente, por ejemplo, por pertenecer a una organización criminal.


3.Bono: Soy vendedor que pasa si facturo a nombre de otra persona que no es mi cliente

Si un cliente te pide que por el pago realizado a tu cuenta bancaria emitas una factura pero a nombre de otra empresa con la que no tienes ningún vínculo comercial alguno, estarían incurriendo en el delito de defraudación tributaria. En tal sentido, este tipo de conductas configuran un delito que se sanciona hasta con doce años de cárcel.


Toma nota

  • Nunca aceptes si alguien te pide sacar una cuenta de ahorros en cualquier banco y que será esa persona quien utilizará tu cuenta
  • Tampoco aceptes si, por ejemplo, tu jefe te pide prestado la cuenta para que depositen el dinero sus clientes.
  • Prestar tu número de cuenta bancaria a otras personas puede traer consecuencias graves así se trate de una persona de tu entera confianza.
  • En este contexto, podrías verte relacionado con actividades ilícitas consideradas como delitos graves. 

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sábado, 14 de diciembre de 2024

Cierre tributario: 7 pautas a tener en cuenta


 

¿Tu empresa está lista para lograr un exitoso cierre tributario?. Al respecto,  brindamos 7 pautas para asegurarnos un cierre tributario exitoso y libre de contingencias. De tal manera que se pueda anticipar cualquier riesgo fiscal que se presente.


1.Bancarización

Es importante verificar que las operaciones y comprobantes de pago por importes a partir de S/ 2,000 o $ 500 se encuentren bancarizados. Es decir, se debe acreditar el uso de medios de pago.


2.Documentación fehaciente

Se recomienda contar con documentación mínima probatoria que permita sustentar la fehaciencia de los gastos, A modo de ejemplo tenemos a las cotizaciones, proformas, contratos, adendas, medios de pago,  comprobantes de pago, correos electrónicos, comprobantes de pago, entre otros.


3.Principio de causalidad

Se necesita comprobar que los gastos incurridos en el ejercicio cumplen con el principio de causalidad (necesidad, normalidad y razonabilidad del gasto). Asimismo, es recomendable erificar si el gasto se encuentra sujeto a límite cuantitativo para su deducción. De ser el caso, se debe efectuar la deducción hasta el límite previsto en la Ley del IR y su reglamento.


4.Criterio de generalidad

Al respecto, se recomienda identificar el cumplimiento del criterio de generalidad en la deducción de los gastos en favor del personal. En tal virtud, los criterios objetivos son jerarquía, rendimiento, antigüedad, función específica, entre otros.


5.Principio del devengado

Debe verificarse que los gastos e ingresos a reconocer en el ejercicio cumplen con el principio del devengado, En otras palabras: reconocer el ingreso y/o gasto cuando se verifique el hecho sustancial para su imputación.

Igualmente, asegurarse del cumplimiento de los supuestos para efectuar la deducción de gastos de periodos anteriores . Es decir, estamos hablando de la imposibilidad de identificar el gasto en el ejercicio en que se incurrió y acreditación del pago hasta el cierre del ejercicio fiscal.


6.Costo computable

Se recomienda cumplir con las formalidades previstas en la Ley y su reglamento para la deducción de los gastos y costo computable. Al respecto, el costo computable para su deducción debe ser sustentado con comprobante de pago, en el caso de los gastos verificar la formalidad expresa por cada tipo de gasto.


7.Condición suspensiva

Es importante verificar si el gasto y/o el ingreso está sujeto a una condición suspensiva o si el total de la contraprestación o una parte de la misma se encuentra sujeta a un hecho o evento futuro que difiera su reconocimiento.


Bono

En el caso del pago de retribución por servicios prestados por sujetos no domiciliados, así como por generadores de rentas de 2da, 4ta y 5ta categoría, se debe efectuar dichos pagos hasta la fecha de vencimiento para la presentación de la DDJJ anual del Impuesto a la Renta.

Por último recomendamos gestionar oportunamente la aplicación de los saldos a favor. Si tienes un saldo a favor relevante, sería recomendable presentar la DDJJ en enero, a fin de aplicarlo lo más pronto posible. Así, ayudarías a preservar la caja de la empresa.


Recomendaciones finales para un cierre tributario sin contingencias

Las constantes modificaciones tributaria pueden ocasionar costos adicionales si se descuido la Contabilidad Financiera de la empresa. Por ello, las cuentas contables, principalmente Caja-Bancos, Existencias y Activos Fijos deben ser analizadas previamente antes de presentar cualquier declaración jurada tributaria. Igualmente, es recomendable efectuar un inventario físico al cierre del año. 

Previamente, verifica tus declaraciones mensuales y asegúrate de haber presentado todas las declaraciones de IGV, Impuesto a la Renta y retenciones dentro de los plazos establecidos. Además. organiza la documentación tributaria. Para tal fin clasifica y digitaliza tus facturas, boletas, recibos por honorarios, contratos y otros comprobantes de pago y revisa que cumplan con los requisitos exigidos por la SUNAT, como el uso del sistema de emisión electrónica.

Por último, si tienes alguna duda sobre el tratamiento tributario de una transacción, consulta con un asesor de confianza y respalda la posición de la empresa con un informe técnico. Evita incurrir en operaciones no reales, y no fehacientes. Esto con el fin de evitar contingencias en una eventual fiscalización tributaria.



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