Si eres persona natural y propietario de bienes inmuebles (departamentos y terrenos) o muebles (vehículos) y los alquilas, te corresponde pagar el impuesto a la renta (IR) de primera categoría a la SUNAT. Dicho impuesto equivale al 5% del monto del alquiler.
Es importante señalar que para efectos tributarios, se presume que el alquiler o cesión comprende la totalidad del bien y que el inmueble ha estado ocupado todo el ejercicio fiscal.
Si esta presunción no aplica en tu caso, debes contar con documentación que demuestre lo contrario, como contratos con firma legalizada, comprobantes de disminución en consumo de servicios entre otros. Cabe precisar que esta documentación tiene que ser anterior a cualquier requerimiento de SUNAT a fin que sea válida.
1. Multa por no declarar rentas de primera categoría
Si percibes ingresos por rentas de primera categoría, ya sea por arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, es obligatorio presentar la declaración-pago correspondiente dentro del plazo establecido de acuerdo al cronograma SUNAT. No cumplir con declarar constituye una infracción tributaria que puede acarrear una multa económica significativa.
Dicha infracción está regulada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario y establece una multa equivalente al 50% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Para el año 2025, la UIT está valorizada en S/ 5,350, por lo que la multa mínima sería de S/ 2,675.
Ahora bien, la SUNAT ha dispuesto un régimen de gradualidad que permite disminuir la sanción si se subsana la falta voluntariamente antes de recibir una notificación. Las rebajas aplicables son:
- 90% siempre que subsane con la presentación del Formulario 1683 y efectúe el pago de la multa conjuntamente. A la multa establecida (50% de la UIT) se le aplicará la rebaja señalada y sobre la diferencia (10% restante) se le incluirá los intereses moratorios que se hayan generado hasta la fecha de pago (0,03% de interés diario). Se deberá cancelar el integro de la multa rebajada más los intereses moratorios que se hayan generado hasta la fecha de su pago.
- 80% en caso se subsane con la presentación del Formulario 1683 y efectúe el pago de la multa con posterioridad. Para el cálculo de la multa se deberá aplicarla regla señalada en el cuadro anterior.
2. Ejemplo
Si alquilas un inmueble de tu propiedad por S/ 2,000 mensuales, el IR mensual es el 5%, es decir, S/ 100. Por otro lado, si no presentas la declaración dentro del plazo establecido, la multa base será S/ 2,675. Con la rebaja del 90%, pagarás solo S/ 268 más los intereses moratorios. Cabe indicar que para el pago, debes usar el código de multa 6041 y el código de tributo asociado 3011.
3. ¿Qué comprobante de pago debo emitir por alquileres?
El recibo por arrendamiento es el comprobante de pago que entrega una persona natural cuando percibe ingresos por alquiler de bienes, ya sean inmuebles o muebles. Dicho documento acredita el pago del IR de primera categoría. Además. permite que el inquilino sustente el gasto o costo tributario asociado.
El original del Recibo por Arrendamiento – Formulario 1683, en versión física.o el Formulario Virtual 1683, que puede ser impreso o guardado en formato digital.
4. ¿Cómo consultar los pagos realizados?
Los arrendadores pueden verificar los recibos emitidos y pagos registrados a través de SUNAT Operaciones en Línea con su Clave SOL. Por otro lado, el inquilino, puede consultar los pagos ingresados en el Módulo de Verificación de Pagos del portal de SUNAT (www.sunat.gob.pe). En caso de para pagos realizados con Pago Fácil, se puede usar el número de operación bancaria para rastrear el comprobante. Los recibos son visibles desde 5 días después del pago.
5. ¿Es obligatorio llevar libros contables?
Al respecto, no es obligatorio llevar un libro contable específico. Sin embargo, es recomendable mantener los recibos en orden cronológico para un mejor control y sustento fiscal.
6. Consulta: Si alquilo mi departamento a través de Airbnb ¿Cómo pago el IR?
Al ser esta operación, renta de primera categoría, corresponderá realizar una declaración mensual y pago de impuestos ingresando con tu Clave SOL, mediante el Formulario N° 1683 – Guía de Arrendamiento.
Ahora bien, jurídicamente el arrendador tiene un Contrato de arrendamiento condicionado al uso con la empresa/plataforma Airbnb no con los huéspedes. La merced conductiva será el número de días que usen el departamento mediante dicha plataforma. Por consiguiente, en este caso el arrendatario (inquilino) sería Airbnb.
Si deseas una consulta o asesoría personalizada escribe al correo admin@miabogadoencasa.com o al whatsapp 994729275
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