Cuando una persona trabaja para un empleador, se establece una relación laboral y se fijan condiciones de trabajo a cambio de una remuneración. Por consiguiente, este vínculo laboral genera obligaciones y derechos para ambos. Así, las rentas de quinta categoría son los ingresos que se obtienen por el trabajo realizado en relación de dependencia y pertenecen a las rentas de trabajo. En tal sentido, te indicamos cómo calcular el impuesto a la renta (IR) en el caso de trabajadores dependientes.
1.A partir de que monto se debe pagar el IR de Quinta Categoría
Si percibes ingresos anuales mayores a las 7 unidades impositivas tributarias (UIT) o los S/30.800 anuales (14 sueldos de S/2.200, incluidas las gratificaciones), deberás pagar el Impuesto a la Renta (IR) de quinta categoría. Es decir, si trabajas para una empresa o entidad pública en relación de dependencia y tus ingresos superan los S/2.200 mensuales, debes cumplir con el pago del Impuesto a la Renta de quinta categoría.
2.¿Cómo calcular el impuesto a la renta de quinta categoría?
1.Determina la Renta Bruta Anual
Suma tus 12 remuneraciones, gratificaciones y otros conceptos sujetos a Rentas de Quinta Categoría, como bonificaciones, aguinaldos, comisiones, (toda retribución por servicios personales).
2.Deduce 7 UIT
Para el 2021, la UIT es de S/ 4.400. De esta manera, las 7 UIT equivalen a S/ 30.800. Luego, resta a tu Renta Bruta Anual las 7 UIT y así obtienes el monto base o remuneración neta anual afecta al IR. En otras palabras, a este resultado se le aplicará la tasa del IR.
3 Aplica las tasas progresivas acumulativas
Por el exceso de 7 UIT se aplican las tasas progresivas acumulativas. La tasa del IR se calcula por cada tramo de ingresos, que dan por resultado el impuesto anual proyectado. Por ejemplo, si después de los pasos 1 y 2 obtienes como resultado 3,000, te corresponde el primer tramo, de 0 a 5 UIT. En consecuencia, debes aplicar la tasa de 8% lo cual te da como impuesto a la renta anual 240 soles.
4.Como declarar y pagar el IR de quinta categoría
Sobre el particular, el empleador (agente de retención) está obligado a declarar en la Planilla-PLAME y pagar mensualmente a la SUNAT el impuesto retenido.
Si tienes más de un empleador la retención la realizará el que pague la mayor remuneración. Para tal efecto, debes presentar, al empleador que te pague la mayor remuneración, una Declaración Jurada donde incluyas la remuneración percibida de otros empleadores, a fin que éste haga la retención por la totalidad de los ingresos. Además, debes entregar una copia de este documento a tus demás empleadores para evitar retenciones duplicadas.
Cabe mencionar que si trabajas para más de 1 empleador, tendrás aportes independientes en EsSalud. Esto significa que cada empleador aporta el 9% respectivo.
5.¿Si estoy en quinta categoría debo presentar la declaración anual del impuesto a la renta?
Generalmente, los perceptores de rentas de quinta categoría no están obligados presentar declaración jurada anual si solo perciben este tipo de renta. Sin embargo, si también generan ingresos de cuarta categoría deben declarar la totalidad de tus ingresos.
Adicionalmente, la Sunat puede establecer excepciones mediante Resolución de Superintendencia. Por ejemplo, si atribuyes gastos por alquiler a tu cónyuge o concubino, deberás presentar la declaración jurada anual.
6.Caso de las condiciones de trabajo
A fin que los trabajadores puedan desarrollar adecuadamente sus labores, los empleadores les entregan ciertos bienes, que en doctrina se les conoce como “condiciones de trabajo”. Es importante señalar que estas condiciones no califican como concepto remunerativo, por tanto no se encuentran afectas a la retención del impuesto a la renta de quinta categoría.
7.¿Cómo verificar si el empleador efectúa la retención y paga el Impuesto?
La retención de Quinta categoría se puede verificar en la boleta de pago. Además, puedes ingresar a SUNAT Operaciones en Línea y verificar si tu empleador está pagando la retención. Por último, puedes verificarlo mediante el certificado de rentas y retenciones que se entrega anualmente.
Toma nota
El trabajador no está obligado a presentar Declaración Anual si percibe exclusivamente rentas de quinta categoría, salvo que solicite devolución de retenciones en exceso o con motivo de la deducción adicional de 3 UIT.