jueves, 12 de septiembre de 2024

¿Qué puedo traer de Estados Unidos sin pagar impuestos?

 


Quizás estás planeando viajar a Estados Unidos y de paso harás algunas compras pero no quieres tener problemas en Aduanas del Aeropuerto de Lima. De esta manera, te indicamos que puedes traer de Estados Unidos (o del exterior en general), sin tener que pagar impuestos en Perú.

1.Si no tienes bienes por declarar

Si en tus maletas solo has traído los siguientes bienes o artículos,  no es necesario presentar la Declaración Jurada de Equipaje. Por tanto, no pagarás impuestos y podrás dirigirte directamente a la salida del Aeropuerto.

CLASIFICACIÓNDESCRIPCIÓNCANTIDAD

Bienes de uso Personal

Maletas, bolsas y otros envases de uso común que contengan los objetos que constituyen el equipaje del pasajero sus prendas de vestir, objetos de adorno, tocador, medicamentos, libros, revistas y documentos impresos.

Siempre que se adviertan que son de uso personal del  pasajero

Artículos eléctricos o electrónicos portátiles

(*) Mayores de siete (07) años.
(**) Mayores de siete (07) años hasta dieciocho (18) años solo un teléfono celular.


Aparato electrodoméstico para el cabello.

2 unid.

Calculadora electrónica

1 unid.

Receptor de radiodifusión, o reproductor de sonido incluso con grabador, o equipo que en su conjunto los contenga que no sea de tipo profesional con fuente de energía propia…

1 unid.

Videocámara, que no sea de tipo profesional con fuente de energía propia

1 unid. (*)

Reproductor de discos digitales de video.

1 unid.

Aparato de vídeo juego electrónico doméstico. .

1 unid.

Agenda electrónica o tableta electrónica.

1 unid.

Computadora Portátil con fuente de energía propia.

1 unid. (*)

Máquina rasuradora o depiladora eléctrica.

1 unid. (*)

Cámara fotográfica.

2 unid.

Teléfono celular.

2 unid. (**)

Soportes de datos y memorias

Disco compacto.

20 unid.

Disco duro externo para computadora.

2 unid.

Memoria para cámara digital, videocámara y/o videojuego

4 unid.

Memoria USB (pen drive).

4 unid.

Disco digital de vídeo o para videojuego.

10 unid.

Tabaco y bebidas alcohólicas
(mayores de 18 años)

Cajetillas de cigarrillos; o

20 unid.

Cigarros puros; o

50 unid.

Tabaco picado o en hebras para fumar.

250 gramos

Licor.

3 litros

Instrumento musical

Instrumento musical portátil

01 unid.

Artículos deportivos

Artículos deportivos.

01 unid. o 01 set

Mascotas

Animal doméstico vivo como mascota, previo control sanitario de SENASA.

01 unid.

Otros Bienes

Bienes para uso o consumo del pasajero y obsequios que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no están destinados al comercio, por un valor en conjunto de US$ 500. No obstante, en caso dentro de dichos bienes, porten artefactos eléctricos, electrónicos, herramientas, y equipos propios de la actividad, profesión u oficio del pasajero, no pueden exceder de una (1) unidad por cada tipo.

US$ 500 (Valor en conjunto)

Artículos de personas discapacitadas o enfermas

Medios auxiliares y equipos necesarios para su control médico y movilización (silla de ruedas, camilla, muletas, medidores de presión arterial, temperatura o glucosa, entre otros) que porten consigo los pasajeros discapacitados o enfermos.

Razonable para su viaje

Dinero

En efectivo y/o instrumentos financieros negociables, en dólares americanos o su equivalente en otra moneda.

Menor o igual a US$ 10,000

   

2.A tener en cuenta:

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