jueves, 5 de septiembre de 2024

Beneficios tributarios para las MYPEs



Las Micro y Pequeñas empresas, más conocidas como MYPEs, cuentan con regímenes tributarios que toman en cuenta las necesidades de cada negocio al considerar el tipo de actividad y el monto de ingresos que esperan generar.


1.Régimenes tributarios

En nuestro ordenamiento tributario existen cuatro regímenes que permiten  cumplir con las obligaciones tributarias, de una forma fácil y sencilla, tanto a personas naturales con negocio como a personas jurídicas.

Empecemos mencionado que según lo dispuesto por la SUNAFIL a fin que una empresa califique como micro o pequeña debe estar inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE). La referida inscripción se realiza a través del portal web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. 


2.Nuevo Régimen Unico Simplificado-NRUS

En primer lugar tenemos al Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS.  Las personas naturales que inician un emprendimiento que no superará los S/.96,000 de ingresos al año, se consideran Personas Naturales Con Negocio y pueden acogerse a  este régimen. De esta manera,  se formalizan, pueden emitir boletas de venta, y tienen como única obligación realizar un pago mensual de S/ 20. Cabe mencionar que no están obligados a llevar libros contables.


3.Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER y Régimen MYPE tributario

Asimismo, tenemos al Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER y el Régimen MYPE tributario a los cuales pueden acceder tanto personas naturales con negocio como personas jurídicas. Estos regímenes permiten emitir  boletas de venta y facturas. Pueden acogerse a dichos regímenes dependiendo de la actividad y el monto de ingresos que genere, hasta S/ 525,000  y S/ 7’480,000 respectivamente.

La declaración y pago será mensual en el caso del RER. En el caso del MYPE adicionalmente al pago mensual, tiene tasas diferenciadas de impuesto a la renta anual de acuerdo con las ganancias obtenidas.

Es importante mencionar que no pueden acceder a este régimen empresas del rubro de bares, discotecas, casinos y juegos de azar. Asimismo, si tu negocio no supera las 150 UIT en ventas anuales, es una microempresa y si las ventas anuales están entre las 150 y 1700 UIT, es una pequeña empresa.


4.Régimen General

Ahora bien, en caso se generen ingresos superiores a los anteriormente mencionados, el contribuyente pasa al Régimen General. Este es el cuarto Régimen,  el cual no tiene restricciones en cuanto al tipo tipo de actividad y se puede emitir todo tipo de comprobantes de pago. Este régimen es el más completo y se pagará el impuesto a la renta conforme a las ganancias generadas en el periodo tributario.


5.Beneficios de las MYPES

Cuentan con los siguientes beneficios:

Las MYPEs pueden cumplir  con sus obligaciones tributarias y acceder a orientación tributaria de forma virtual, rápida y sencilla con las siguientes herramientas: 

RUC digital

Certificado Digital Tributario gratuito para las MYPEs con ventas hasta de 300 UIT y que se solicita desde el módulo SUNAT Operaciones en línea (SOL). Esto permitirá que más contribuyentes puedan usar facturas electrónicas.

Registro de Ventas y Compras electrónicos desde el Portal web de SUNAT.

App Emprender que permite generar y consultar la ficha RUC, emitir comprobantes de pago electrónicos, generar y compartir reporte tributario a terceros y acceder al buzón electrónico.

Portal Emprender, con información detallada sobre como iniciar un negocio. Cuenta con tutoriales que facilitan el desarrollo del emprendimiento y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Declara Fácil SUNAT en el portal web, permite el envío de las declaraciones juradas mensuales así como los respectivos pagos.

Exporta fácil e importa fácil son sistemas que facilitan el acceso a los mercados mundiales.


6.Otros beneficios con los que cuentan las MYPEs

Prórroga del pago del IGV mensual que permite a los contribuyentes con ventas anuales de hasta 1,700 UIT, S/ 7’480,000 para 2021, postergar el pago del impuesto hasta por tres meses siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la norma tributaria.

Fraccionamiento del IGV que permite a los contribuyentes con ventas anuales de hasta 150 UIT, S/ 660,000 para el 2021, fraccionar el pago del IGV mensual del último periodo vencido y del periodo que vence en el mes de la solicitud.

Recuperación Anticipada del IGV que permite obtener la devolución del crédito fiscal generado en la importación o adquisición local de bienes de capital nuevos como maquinarias o equipos y que no haya sido agotado en los 3 meses posteriores a su registro contable. Esto permite capitalizar a las pequeñas empresas inscritas en el REMYPE con ventas anuales no mayores a 300 UIT (S/ 1’320,000 para el 2021


Toma nota

Las ventajas del Régimen MYPE Tributario son las siguientes:

El monto del impuesto a pagar es de acuerdo a la ganancia obtenida.

Puedes realizar cualquier actividad económica.

Pueden emitir cualquier tipo de comprobante de pago.

Puede acogerse a la prórroga del IGV.

La contabilidad sencilla, solo llevan el Registro de ventas, Registro de compras y el Libro Diario de formato simplificado (hasta 300 UIT). 

Si tu nivel de ventas anual es no mayor a 150 UIT, puedes

formalizarte como una micro empresa.

Por otro lado, si tu nivel de ventas anual es mayor a 150 UIT y hasta 1700 UIT, puedes formalizarte como una pequeña empresa.



Si deseas una consulta o asesoría personalizada escribe al correo admin@miabogadoencasa.com o al whatsapp 994729275



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