jueves, 28 de noviembre de 2024

Cuanto me corresponde de gratificación si trabajo en una microempresa o soy trabajador del hogar



Como hemos visto, la gratificación es un beneficio que reciben los trabajadores del sector privado que se encuentran en planilla por parte de su empleador el cual tiene plazo para depositar la gratificación hasta el  15 de julio (gratificación por fiestas patrias). Dicho beneficio equivale a la última remuneración básica que recibió el trabajador, sin aplicar los descuentos que corresponden a AFP u ONP, ni seguros y se paga dos veces al año (julio y diciembre). Cabe mencionar que estamos ante un derecho de los empleados con contrato indefinido, a plazo fijo y tiempo parcial


¿La gratificación es embargable?

Los trabajadores que tengan algún endeudamiento por mandato de alimentos, y de acuerdo a lo que indique el mandato judicial, se les podría descontar hasta un máximo del 60% de la gratificación.


Caso de las microempresas y trabajadores del hogar

Al respecto, las personas que trabajan en compañías del Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype) también acceden a este pago. No obstante,  les corresponde medio sueldo siempre y cuando el trabajador haya laborado durante todo el semestre en la oportunidad que corresponda depositar el beneficio.

Conforme a la Ley Mype-TUO DS 013-2013-Produce, esta disposición aplica para trabajadores contratados antes y después de que la empresa se inscribió en Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype).

Igualmente, de conformidad a la Ley 31047, los trabajadores del hogar tienen derecho a la gratificación. En este caso el monto será equivalente al sueldo que se recibe.


¿Qué sucede si la persona trabajo menos de 6 meses?

Si la persona trabajó solo un mes durante ese semestre, no recibirá la gratificación completa. De esta manera, si el trabajador solo ha laborado un mes completo (junio), tiene derecho a la gratificación pero el monto será equivalente a medio sexto de la remuneración computable por el mes trabajado.


Toma nota

  • No reciben gratificación los trabajadores que hayan laborado menos de un mes entre enero y junio del presente año.
  • Asimismo, los que laboran en la microempresa, independientes e informales, no reciben gratificación.
  • Los trabajadores del sector público reciben un aguinaldo cuyo monto fue establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).


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