jueves, 29 de agosto de 2024

¿Las remesas del extranjero pagan impuestos en el Perú?

 




Un gran cantidad de peruanos recibe continuamente remesas o envíos de dinero de familiares que se encuentran en el exterior. Así, algunos de ellos se preguntan si dichas remesas del extranjero pagan impuestos. Por ello, en el presente artículo expondremos si las remesas del extranjero pagan impuestos en el Perú.


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1.Ley N° 27390

El artículo 1° de la Ley N° 27390 señala que el ingreso al país de moneda extranjera es libre y está garantizado por el Estado. Además, dicha norma agrega que la Administración Tributaria no podrá presumir que se trata de renta de fuente peruana no declarada y, con ella, los contribuyentes no podrán sustentar incrementos patrimoniales no justificados.


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2.Rentas de fuente extranjera

De acuerdo a la Ley y al Reglamento del Impuesto a la renta, se consideran rentas de fuente peruana a las rentas producidas por predios situados en el territorio del Perú, a las producidas por capitales, bienes o derechos situados físicamente o colocados o utilizados económicamente en el Perú.

Por otro lado, la renta de fuente extranjera es aquella que proviene fuera del territorio nacional, pero teniendo el contribuyente la calidad de domiciliado en el Perú. Es decir, la fuente de donde se genera esa renta está ubicada en otro país.

De esta manera, se puede considerar como renta de fuente extranjera los alquileres de inmuebles ubicados en el extranjero, prestar servicios en el exterior. También la venta de acciones emitidas por una empresa de otro país, las utilidades percibidas de una empresa ubicada en el extranjero, entre otros. Por tanto, no se considera renta de fuente extranjera a las remesas que envían familiares desde el exterior.


3.Impuesto a la Renta

Hemos visto que el solo ingreso al país de moneda extranjera no habilita a que la SUNAT pueda presumir que se trata de renta de fuente peruana no declarada, por lo que no existiría la obligación de presentar una declaración jurada determinativa del Impuesto a la Renta. Además, los envíos de dinero del extranjero no se consideran rentas de fuente extranjera. Por consiguiente, si recibes un remesa del extranjero no debes pagar Impuesto a la Renta


4.Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)

Al respecto, el artículo 9° del TUO de la Ley N° 28194 detalla las operaciones en moneda nacional o extranjera que se encuentran gravadas con el ITF. Así, entre las operaciones gravadas con dicho impuesto que pueden tener relación con el ingreso al país de moneda extranjera se encuentran los giros o envíos de dinero efectuados a través de una empresa de Transferencia de Fondos (ETF). Además, la norma señala que también está gravada la entrega al beneficiario del dinero girado o enviado. 


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En tal sentido, si el giro o envío de dinero efectuado a través de una ETF se inicia en el extranjero, a fin que el dinero sea entregado en el territorio nacional, el contribuyente del ITF será únicamente el beneficiario de tal giro o envío. Por ende, la ETF actuará como responsable del citado impuesto.


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5.En resumen

  • El ingreso al país de moneda extranjera es libre y está garantizado por el Estado
  • No son rentas de fuente extranjera las remesas enviadas por familiares.
  • Las remesas del extranjero no están afectas al Impuesto a la Renta.
  • El contribuyente del ITF será el beneficiario del envío de dinero y la ETF actuará como responsable del citado impuesto.

6.Consultas:

6.1.Vivo en Nueva York EEUU y le envío dinero mensualmente (aproximadamente $1,200) a mi esposa que está delicada de salud, debo declarar o realizar algún trámite?

Como ya hemos mencionado, tu esposa no está obligada declarar y/o pagar impuestos por esas remesas.  Por otro lado, ambos tampoco están obligados a realizar algún trámite o elaborar alguna documentación. No obstante, si quieres estar más tranquilo y prevenir cualquier contingencia recomendamos que acudas al consulado peruano en Nueva York.  En dicha dependencia deberás presentar una declaración jurada señalando que todos los meses envías X dolares mensuales a tu esposa.


6.2.Mi tío, quien radica en Australia, me envía mensualmente dinero para pagar los gastos de la casa que está construyendo en Lima. ¿Qué puedo hacer para evitar problemas con la Sunat?

A fin de evitar que la Sunat te impute incremento patrimonial no justificado, se debe realizar un contrato de mandato. Así, en dicho contrato se precisa la finalidad de ese dinero y que es un encargo de tu tío. Cabe mencionar que el contrato debe tener las firmas legalizadas. Para tal fin, tu tío debe legalizar su firma en el consulado peruano correspondiente y te lo envía posteriormente.



Si deseas una consulta o asesoría personalizada escribe al correo admin@miabogadoencasa.com o al whatsapp 994729275

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