Las Micro y Pequeñas empresas, más conocidas como MYPEs, cuentan con regímenes tributarios que toman en cuenta las necesidades de cada negocio al considerar el tipo de actividad y el monto de ingresos que esperan generar.
1.Régimenes tributarios
En nuestro ordenamiento tributario existen cuatro regímenes que permiten cumplir con las obligaciones tributarias, de una forma fácil y sencilla, tanto a personas naturales con negocio como a personas jurídicas.
Empecemos mencionado que según lo dispuesto por la SUNAFIL a fin que una empresa califique como micro o pequeña debe estar inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE). La referida inscripción se realiza a través del portal web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
2.Nuevo Régimen Unico Simplificado-NRUS
En primer lugar tenemos al Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS. Las personas naturales que inician un emprendimiento que no superará los S/.96,000 de ingresos al año, se consideran Personas Naturales Con Negocio y pueden acogerse a este régimen. De esta manera, se formalizan, pueden emitir boletas de venta, y tienen como única obligación realizar un pago mensual de S/ 20. Cabe mencionar que no están obligados a llevar libros contables.
3.Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER y Régimen MYPE tributario
Asimismo, tenemos al Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER y el Régimen MYPE tributario a los cuales pueden acceder tanto personas naturales con negocio como personas jurídicas. Estos regímenes permiten emitir boletas de venta y facturas. Pueden acogerse a dichos regímenes dependiendo de la actividad y el monto de ingresos que genere, hasta S/ 525,000 y S/ 7’480,000 respectivamente.
La declaración y pago será mensual en el caso del RER. En el caso del MYPE adicionalmente al pago mensual, tiene tasas diferenciadas de impuesto a la renta anual de acuerdo con las ganancias obtenidas.
Es importante mencionar que no pueden acceder a este régimen empresas del rubro de bares, discotecas, casinos y juegos de azar. Asimismo, si tu negocio no supera las 150 UIT en ventas anuales, es una microempresa y si las ventas anuales están entre las 150 y 1700 UIT, es una pequeña empresa.
4.Régimen General
Ahora bien, en caso se generen ingresos superiores a los anteriormente mencionados, el contribuyente pasa al Régimen General. Este es el cuarto Régimen, el cual no tiene restricciones en cuanto al tipo tipo de actividad y se puede emitir todo tipo de comprobantes de pago. Este régimen es el más completo y se pagará el impuesto a la renta conforme a las ganancias generadas en el periodo tributario.
5.Beneficios de las MYPES
Cuentan con los siguientes beneficios:
Las MYPEs pueden cumplir con sus obligaciones tributarias y acceder a orientación tributaria de forma virtual, rápida y sencilla con las siguientes herramientas:
RUC digital
Certificado Digital Tributario gratuito para las MYPEs con ventas hasta de 300 UIT y que se solicita desde el módulo SUNAT Operaciones en línea (SOL). Esto permitirá que más contribuyentes puedan usar facturas electrónicas.
Registro de Ventas y Compras electrónicos desde el Portal web de SUNAT.
App Emprender que permite generar y consultar la ficha RUC, emitir comprobantes de pago electrónicos, generar y compartir reporte tributario a terceros y acceder al buzón electrónico.
Portal Emprender, con información detallada sobre como iniciar un negocio. Cuenta con tutoriales que facilitan el desarrollo del emprendimiento y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Declara Fácil SUNAT en el portal web, permite el envío de las declaraciones juradas mensuales así como los respectivos pagos.
Exporta fácil e importa fácil son sistemas que facilitan el acceso a los mercados mundiales.
6.Otros beneficios con los que cuentan las MYPEs
Prórroga del pago del IGV mensual que permite a los contribuyentes con ventas anuales de hasta 1,700 UIT, S/ 7’480,000 para 2021, postergar el pago del impuesto hasta por tres meses siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la norma tributaria.
Fraccionamiento del IGV que permite a los contribuyentes con ventas anuales de hasta 150 UIT, S/ 660,000 para el 2021, fraccionar el pago del IGV mensual del último periodo vencido y del periodo que vence en el mes de la solicitud.
Recuperación Anticipada del IGV que permite obtener la devolución del crédito fiscal generado en la importación o adquisición local de bienes de capital nuevos como maquinarias o equipos y que no haya sido agotado en los 3 meses posteriores a su registro contable. Esto permite capitalizar a las pequeñas empresas inscritas en el REMYPE con ventas anuales no mayores a 300 UIT (S/ 1’320,000 para el 2021
Toma nota
Las ventajas del Régimen MYPE Tributario son las siguientes:
El monto del impuesto a pagar es de acuerdo a la ganancia obtenida.
Puedes realizar cualquier actividad económica.
Pueden emitir cualquier tipo de comprobante de pago.
Puede acogerse a la prórroga del IGV.
La contabilidad sencilla, solo llevan el Registro de ventas, Registro de compras y el Libro Diario de formato simplificado (hasta 300 UIT).
Si tu nivel de ventas anual es no mayor a 150 UIT, puedes
formalizarte como una micro empresa.
Por otro lado, si tu nivel de ventas anual es mayor a 150 UIT y hasta 1700 UIT, puedes formalizarte como una pequeña empresa.